Todo estudiante de la Universidad Nacional de Córdoba, como ciudadano pleno de la Comunidad Universitaria tiene los siguientes derechos que deben garantizarse sin ningún tipo de discriminación por motivos de género, etnia, religión, idioma, condición bio-física, opción política o de otra índole, lugar de origen, relación con el mercado laboral, posición en la estructura social, de acuerdo a las normas que reglamentan su ejercicio.
DERECHOS GENERALES:
Como integrante fundamental de la comunidad universitaria tiene derecho a:
1°: Ser reconocido/a como estudiante al momento de inscribirse en cualquier carrera de la UNC.
2°: Permanecer en el sistema de educación superior mientras cumpla con las obligaciones que exige la normativa.
3°: Acceder a toda la información relativa a sus derechos y obligaciones como estudiante de esta Universidad.
DERECHOS ACADÉMICOS:
Con el fin de acceder a una educación de excelencia y asegurar las condiciones necesarias para garantizarla, todo/a estudiante tiene derecho a:
4°: Equidad en el acceso al conocimiento y en las instancias de cursado y de evaluación.
5°: Acceder a recursos que posibiliten la formación integral, contemplando las nuevas estrategias pedagógicas y las mejoras en los equipamientos tecnológicos.
6°: Acceder a materiales de estudio, bibliotecas y bases de datos virtuales, que le permitan disponer de textos científicos y académicos de actualidad y vigencia local e internacional, garantizando el acceso al conocimiento.
7°: Contar con un régimen general de alumno que:
- Favorezca la libre elección de la cátedra en que cursar sus materias y/u horarios de cursado.
- Asegure que los estudiantes accedan a los programas y objetivos de cada materia y a las modalidades, dispositivos y criterios de evaluación antes de los exámenes.
- Evite la superposición de los exámenes correspondientes a materias del mismo año/semestre según la currícula establecida en el plan de estudios.
- Garantice el acceso de los estudiantes a sus’ propios exámenes escritos corregidos, sin importar el soporte en el que hayan sido realizados, y dentro de la época de examen correspondiente.
- Garantice instancias de recuperación de exámenes parciales y trabajos prácticos.
- Garantice que las actas de exámenes constituyan un documento de notificación de la calificación obtenida.
- Garantice la sustanciación de exámenes finales regulares y libres a cargo de un tribunal docente. La situación de excepción será establecida por este H. Consejo Superior.
- Garantice el derecho de revisión de las actuaciones en los exámenes.
- Asegure exámenes públicos, con la posibilidad de solicitar mesa especial o un veedor estudiantil con voz en los tribunales cuando existan situaciones de conflictos y/o de arbitrariedad.
8°: Acceder a licencias estudiantiles según lo establecido por las reglamentaciones vigentes.
9°: Acceder a cargos de Ayudante Alumnos por algún sistema de selección en base a los criterios académicos establecidos por cada Unidad Académica. Estos cargos constituyen antecedentes docentes. Las Unidades Académicas deberán propender a la generación de cargos de Ayudante Alumnos remunerados.
10°: Participar de forma activa en los procesos de selección y evaluación de sus docentes, según lo establecido por los estatutos y reglamentaciones vigentes.
DERECHOS SOCIALES:
Nuestra Constitución Nacional y distintos Pactos Internacionales con jerarquía constitucional, a los cuales la Argentina suscribe o adhiere, declaran derechos que el Estado debe garantizar y tutelar y que impactan directamente en la vida de los estudiantes universitarios. La Universidad Nacional de Córdoba desarrollará acciones complementarias para propender a la igualdad de oportunidades de sus estudiantes, privilegiando a los estudiantes que pertenecen a los sectores más vulnerables de la sociedad. En este sentido, los estudiantes tienen derecho a:
11°: Acceder a un sistema básico de salud.
12°: Acceder a una vivienda digna y adecuada para el desarrollo de sus estudios.
13°: Disponer de una alimentación adecuada.
14°: Participar en instancias culturales, deportivas y de recreación dentro del ámbito de la U.N.C.
DERECHOS POLÍTICOS:
Como garantía al desempeño pleno como integrante de esta Universidad, todo/a estudiante tiene derecho a:
15°: Postularse como representante de su claustro y elegir sus representantes estudiantiles en los órganos de co-gobierno, de acuerdo a los requisitos dispuestos por los Estatutos y reglamentaciones vigentes.
16°: Organizarse, ser elegido y elegir en el seno de los órganos gremiales propios de su claustro, participando libremente de agrupaciones, comisiones de trabajo. etc.
Declaración HCS Nº 8/2009.